¿Has tenido un accidente y te han dado la baja laboral? Si no estás seguro/a de cuáles son todos los derechos y obligaciones que tienes en una baja por accidente laboral aquí te presentamos un resumen elaborado con los datos más relevantes por expertos abogados especializados en accidentes laborales y derechos de los trabajadores.
Prestación por incapacidad
Como ya sabes, si has sufrido daños en tu accidente laboral los suficientemente graves como para no poder trabajar durante un tiempo tienes derecho a la baja temporal.
En este caso, mientras que dure la baja debes recibir una prestación por incapacidad temporal. Esta prestación debe cubrir la pérdida de las rentas que se deriva del hecho de que no puedes realizar tu trabajo por la lesión y los problemas derivados de ésta que has sufrido tras el accidente laboral.
Asimismo, debes saber que cuando los accidentes se deben a causas laborales las prestaciones tienen algunos puntos diferentes si los comparamos con otras prestaciones. En primer lugar, vas a poder recibir la prestación aunque el empresario no te haya dado de alta en la Seguridad Social. Da igual cuanto tiempo hayas cotizado porque igual recibirás la prestación y además la empresa te tiene que pagar todo el salario de día en que tuviste el accidente y después un 75% de la base reguladora o un 100% si esto viene indicado en el convenio.
Pero además, si has sufrido un accidente porque la empresa en la que trabajas no cuenta con el nivel de seguridad o higiene de trabajo adecuados, la prestación puede subir incluso entre un treinta y un cincuenta por ciento como compensación pero para lograrlo debes avisar a la Inspección de Trabajo para que pueda verificar que lo que dices es cierto y reseñar que la empresa no ha cumplido a nivel de prevención de riesgos laborales.
Si la empresa te despide por esto mismo mientras te encuentras de baja durante tu accidente laboral cobrarás igual la prestación por incapacidad temporal hasta que te den el alta. Cuando ya tengas el alta tendrás hasta quince días para solicitar la prestación por desempleo.
Asistencia médica
Por supuesto además de la prestación lo primero a lo que tienes derecho si te conceden la baja por accidente es a la asistencia médica. Esta asistencia incluirá todos los tratamientos que tengas que hacer para conseguir curar tus problemas y/o lesiones. Según lo grave que sea la lesión este tipo de tratamientos variarán entre simples consultas de enfermería para curar todas tus heridas hasta rehabilitación y todo tipo de operaciones (fuente).
Indemnizaciones para casos graves
Por último, en casos más graves también se tiene derecho a otro tipo de indemnizaciones. Si has tenido una lesión muy grave e incluso incapacitante para trabajar puedes solicitar la incapacidad permanente ya que no vas a poder volver a trabajar. En estos casos por Ley las personas afectadas tienen derecho a una pensión por incapacidad permanente que sustituirá los ingresos que ya no vas a poder recibir al haber dejado de trabajar.
Si la lesión afecta a tu físico pero no impedirá que trabajes en el futuro (por ejemplo, si has perdido un dedo), sin duda puedes pedir una indemnización por lesión que no sea invalidante.
Asimismo, como te decíamos más arriba, si crees que el accidente es consecuencia del poco cuidado que han tenido a nivel de prevención en tu empresa puedes reclamar la responsabilidad judicial de la empresa para obtener una buena indemnización, siempre revisando el convenio colectivo para ver si existen más indemnizaciones que pudieran ayudarte a retomar tu vida. Para conseguir necesitas un informe de la Inspección de Trabajo y si lo consigues podrás interponer la demanda de forma legal, por lo que te recomendamos hacerlo siempre con buenos profesionales.